jueves, 26 de febrero de 2009

Mujeres Autoconvocadas Rosario exige despenalización del aborto

MUJERES AUTOCONVOCADAS ROSARIO

MAR (Mujeres Autoconvocadas Rosario) manifiesta su indignación ante las muertes de 2 mujeres jóvenes de 24 y 30 años ocurridas en el Hospital Provincial de nuestra ciudad el fin de semana pasado. Una vez más la indiferencia de los/las legisladores/ as nacionales ante el reclamo del movimiento de mujeres y de la sociedad en su conjunto por la legalización del aborto se ha cobrado dos vidas.

Nuestra indignación se ve agravada ante la certeza que la señalización de esta práctica fue acompañada de la falta de conciencia de algunas/os médicos/as que no supieron prever la gravedad de la situación. En efecto una de las jóvenes, según lo publicado en un diario de la fecha, había concurrido un día antes al Hospital Centenario, acompañada por una persona, que certifica que sufría fuertes dolores abdominales y hemorragias. Sin embargo solo se le recetó un calmante sin investigar las verdaderas causas de su estado y sin prever que moriría inevitablemente si no era atendida en forma urgente.

Exigimos una investigación inmediata por parte del Ministerio de Salud Provincial y del Poder Judicial acerca del comportamiento de los/las médicos/as que atendieron a Carina en el Hospital Centenario el día miércoles 18 de febrero.

El derecho a la vida y la salud de las mujeres debe ser garantizado por el Estado, por lo que exigimos el urgente tratamiento del proyecto presentado por la “Campaña Nacional por el derecho al aborto”, que tiene estado parlamentario.

De lo contrario todos y todas los/las legisladores/ as podrán ser acusados de ser cómplices de las muertes que ocurren diariamente en Argentina por aborto clandestino.

Educación sexual para decidir

Anticonceptivos para no abortar

Aborto legal para no morir

Rosario, jueves 26 de febrero de 2009

martes, 10 de febrero de 2009

LA PROSTITUCION, LA TRATA DE MUJERES Y NIÑAS Y LA LEY: ¿DERECHOS DE LAS HUMANAS O SEGURIDAD DEL ESTADO?*

Charla:

Marta Fontenla

atem@cpacf.org.ar

L

Las teorias contractualistas y la violencia contra las mujeres

Los debates relacionados con la sanción de leyes y los derechos humanos, pasan fundamentalmente por definir qué es la prostitución, qué es la trata y si las víctimas pueden consentir la propia explotación.

Antes de comenzar el análisis de las posiciones en pugna en torno a la sanción de las leyes que penalicen los delitos vinculados con estos hechos y protejan a las víctimas , y dado que la utilización de mujeres y niñas con fines de prostitución es el 90 % de todos los casos de trata, quiero plantear otro debate relacionado, que es el referido al concepto de prostitución y por que la demanda de los "clientes" (a quienes llamamos prostituyentes y/o prostituidores) es condición para la existencia de la trata.

Actualmente están en discusión dos posiciones: una que considera que la prostitución es un trabajo libremente elegido y otra que la conceptualiza como violencia contra las mujeres y como institución de consolidación y reafirmación del poder masculino sobre nosotras. Una u otra posición son ideológicas y tienen consecuencias ético-políticas diferentes, dado que lo que está juego es la concepción de sociedad.

No es lo mismo sostener que la prostitución es trabajo a decir que es una forma de dominación y explotación de unos seres humanos sobre otro grupo de seres humanas.

Para poder comprenderlo, debemos apartarnos de los patrones o paradigmas liberales patriarcales de explicación de la realidad social y política y analizarla desde otros, desde aquellos que interpelan a las situaciones que parecen "naturales" y que en realidad son violencia y violación de los derechos de las humanas.- Me estoy refiriendo a la teoría critica feminista radical como marco de interpretación.

Para las concepciones liberales, el paradigma de interpretación es el contrato pero lo es solamente el contrato social y dejan fuera el contrato sexual o acuerdo entre varones para apropiarse del cuerpo de las mujeres.

Ahora bien: ¿Qué es el contrato?: en general podemos decir que es un acuerdo de voluntades entre personas libres y autónomas, por tanto se basan en la autonomía de la voluntad y significa que los actos válidos son aquellos realizados con discernimiento, intención y libertad. Deben tener lugar entre iguales. En estas condiciones el consentimiento es válido dado que no está afectado por ningún vicio de la voluntad.

El modelo de contrato por antonomasia es la compraventa de cosas o bienes por un precio. Una persona vende a otra y esta compra una cosa o un bien.

O sea que desde este punto de vista, la mujer en situación de prostitución (que generalmente no es la que "contrata") "contrataría" con el "cliente-prostituidor", la venta o el uso de su cuerpo o de partes del mismo, por un tiempo determinado, que puede ser más o menos prolongado.- Su cuerpo es la mercancía, el objeto. El cliente prostituidor es el que tiene el dinero para pagar el precio.

Ahora bien, la primera pregunta a hacernos es: ¿cuáles son las condiciones de libertad de las mujeres y como se concretan en la práctica esos tres elementos de discernimiento, intención y libertad?

Para analizarlas debemos recurrir al concepto de patriarcado y al sistema sexo género creado por éste como sistema de desigualdades entre varones y mujeres.

Varones y mujeres somos social, política y económicamente desiguales. De esto no hay duda. Para mantener esta situación de desigualdad es necesario el empleo de violencia y una de las formas que adquiere es la prostitución.

Para darnos una idea de esta situación de desigualdad, basta recordar algunas cifras de Naciones Unidas:

  • Las mujeres realizamos las 2/3 partes de la jornada mundial de trabajo, percibimos el 10% de las remuneraciones mundiales y somos propietarias del 1% de la propiedad.
  • Somos 80% de los 1.500.000 millones.
  • Durante 4 siglos fueron traficadas 11.000.000 de personas en el sistema esclavista. En 10 años desde 1990 a 2000: 30 millones de mujeres y niñas fueron traficadas en y desde el Sudeste Asiático.
  • Anualmente son ingresadas a la prostitución a nivel mundial, alrededor de 4.000.000 de mujeres y niñas.
  • Y el que ya señalé que el 90% de todos los casos de trata son mujeres y niñas para ser prostituidas.

El capitalismo, que establece o consolida las desigualdades de clase, se basa en estas desigualdades de género y en los pactos patriarcales entre varones que conforman o dan origen al contrato sexual.

La próxima pregunta entonces es: ¿cuáles son las condiciones de igualdad, que son a su vez condición para la existencia del consentimiento prestado en libertad, a que aluden las concepciones liberales?

¿Cuáles son las posibilidades de autodeterminación que tenemos las mujeres y en que distintos grados, según nuestra posición social, lugar dentro de la familia, los mensajes recibidos etc.? Sin duda existen serias limitaciones a la autodeterminación y nos encontramos con situaciones en las cuales estas limitaciones no solo restringen sino que llegan a anular o impedir las posibilidades de libertad. En el caso de la prostitución, las mujeres no "se prostituyen", son prostituidas por clientes y proxenetas protegidos por el estado, compelidas por la necesidad económica, por presiones de toda clase, especialmente familiares, por la violencia real y simbólica que sufrimos, por costumbres e ideas contenidas en los de mensajes culturales, que consideran que las mujeres de todas las clases sociales, son objetos disponibles para satisfacer supuestas "necesidades" de los varones también de todas las clases.

Si seguimos desarrollando las posiciones liberales, especialmente en esta etapa del neoliberalismo, nos encontramos en países como Holanda, que tiene reglamentada la prostitución como trabajo, que proponen que "se puede consentir de pleno grado la propia esclavitud." Para esta corriente, para que el delincuente sea tal, tiene que haber obrado con violencia, abuso, amenazas etc. o sea que tiene que haber un vicio del consentimiento de la victima o debe tratarse de menores. Si se parte de estos presupuestos se las acaba clasificando en inocentes: que no consintieron y culpables: que si lo hicieron y se deja de lado otros principios de derechos humanos: las víctimas son siempre inocentes, hayan sido o no violentadas, amenazadas, o se haya abusado de una situación de vulnerabilidad.

Quienes pensamos que la prostitución no es trabajo y que hay principios de derechos de las humanas irrenunciables, sostenemos que no se puede justificar a) la compra de cuerpos o de partes del cuerpo, o el uso de otra persona como si fuera una cosa, una mercancía, b) hechos delictivos, con fines de explotación de la prostitución ajena presuponiendo consentimiento, culpabilidad o complicidad de las víctimas

Quienes violan estos derechos humanos son los "clientes" prostituidores o usuarios directos y sus cómplices que son todos aquellos que lucran con o protegen la intermediación proveyendo mujeres y niñas/os a los "clientes"

Esta posición se extiende al análisis e todos los casos de trata, aunque tengan un fin distinto a explotación de la prostitución ajena.-

Desde esta perspectiva que tiene en cuenta las desigualdades de género y clase, podemos definir a la prostitución como una relación de dominación, subordinación y explotación de las mujeres, de manera individual y colectiva, por parte del colectivo de los varones y que tiene por fin legitimar la violencia contra las mujeres, la heterosexualidad normativa y perpetuar las desigualdades de género, clase, el racismo, la xenofobia y demás discriminaciones. Es una institución patriarcal consolida la subordinación y opresión de todas.

Es esclavitud y violencia porque los actos que los clientes realizan sobre los cuerpos de las mujeres en estado de prostitución y les hacen realizar porque pagan, producen daño físico y psíquico, además de los daños y torturas producidas por los proxenetas, tratantes y traficantes.

En esta relación interviene fundamentadamente dos partes:

a) los prostituidores:

1) clientes

2) proxenetas

3) fiolos

4) todos los que lucran, apoyan y sostienen de alguna manera el sistema prostituidor, ya sea desde la sociedad o el estado.

b) las víctimas o personas afectadas.

También es muy importante tener en cuenta que esa enorme masa de dinero "sucio" que fluye a circuitos ilegales y luego es "lavado" en circuitos legales, es provisto por los clientes prostituidores, quienes son los primeros responsables del funcionamiento de este sistema mafioso, dado que son quienes pagan para consumir cuerpos de mujeres y niñas/os en la prostitución. Los clientes pertenecen a todas la clases sociales.

LA LEY: PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS O SEGURIDAD DEL ESTADO

Esas dos concepciones de las que hablé, tienen expresión en los debates relacionados a la sanción de leyes que penalicen a proxenetas y tratantes y traficantes. El problema consiste en la falta de acuerdo para definir qué es la trata y el tráfico de personas y si como ya planteé, si las víctimas pueden prestar consentimiento para ser explotadas.

Las convenciones internacionales relacionadas con la trata de personas se inscriben en estos dos proyectos políticos e ideológicos que mencione y son interpretadas de distinta manera según los intereses de los estados y las opiniones, muy divididas en cuanto a la aceptabilidad o no de la legalidad de la mal llamada "industria del sexo".

El enfoques que sostengo, parte de la perspectiva de los derechos humanos de las víctimas y de los tratados definidos por la O.N.U. dentro del corpus de las Convenciones de derechos humanos.

Ninguno de estas convenciones internacionales vigentes, que se refieren, ya desde principios del siglo pasado, a las diferentes formas de trata, exigen que exista violencia, coacción, abuso de una situación de vulnerabilidad, etc., para definir el delito de trata de personas.

En ellas están incluídas:

- La Convención sobre la Esclavitud de 1926, que dice en el art. 1: 1) esclavitud es el estado o condición de un individuo sobre el que se ejercitan los atributos del derecho e propiedad o alguno de ellos. 2) La trata de esclavos comprende todo acto de captura, adquisición o cesión de un individuo para venderle o cambiarle; todo acto de cesión por venta o cambio de un esclavo, adquirido para venderle o cambiarle, y en general todo acto de comercio o de transporte de esclavos.

- La "Convención Complementaria sobre abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas" de 1956, mantiene esta definición y agrega la servidumbre por deudas (prestar servicios personales como garantía de una deuda), la servidumbre de la gleba (trabajar sobre una tierra que pertenece a otra persona y prestarle a la misma determinados servicios son posibilidad de cambiar su condición) o matrimonios serviles de mujeres (dar o prometer a una mujer en matrimonio a cambio de dinero o especie, o cederla a titulo oneroso o que la mujer sea transmitida por herencia)

- La Convención para la Represión de la Trata de Personas y Explotación de la Prostitución Ajena, de 1949, en su Art. 1ro, establece: la partes se comprometen a castigar a toda persona que para satisfacer deseos propios o ajenos 1) concertare la prostitución de otra persona, 2) explotare la prostitución de otra persona aún con el consentimiento de tal persona 3) sostuviere una casa de prostitución (art. 2). Es además punible la participación criminal y no se pueden establecer ningún tipo de registro de las personas afectadas.

- La "Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer", (Naciones Unidas, 1979), En su Art. 6º. establece que los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer".

- La "Convención Americana sobre Derechos Humanos", conocida como "Pacto de San José de Costa Rica", de 1969 en su Art. 6º inc. 10, prohíbe la trata de mujeres.

- La "Convención sobre los Derechos del Niño" del 20 de noviembre e 1989, en el art. 34, inc. B) prohíbe la explotación de los niños en la prostitución u otras prácticas ilegales

- El "Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" (19-12-1966) establece que los estados deben garantizar a todas las personas un nivel de vida adecuado, alimentación, vestido, vivienda, educación y una mejora continua en sus condiciones de vida.

- La Convención contra la Tortura, que en el art. 1, establece que a los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otra , o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia

Todos estos tratados han sido ratificados por el país y algunos incorporados a la Constitución Nacional en 1994. El art. 15 de ésta última, prohíbe la venta de personas.

Desde estos tratados, elaboramos la definición de trata. La misma debe contemplar las acciones de reclutar, alojar, trasladar, secuestrar, hacer desaparecer, recibir, acoger, la promoción o facilitación de cualquiera de esas acciones tanto sea dentro del país como el ingreso o salida del mismo, a una o más personas con fines de explotación, cualquiera sea la edad de las víctimas y aunque las víctimas mayores de 18 años hayan dado su consentimiento.

La trata puede ser con fines de prostitución, trabajos forzados o serviles, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, explotación de la mendicidad ajena, matrimonio servil, extracción de órganos, producción y distribución de pornografía infantil y adulta, turismo sexual, procreación obligada para la venta de niñas/os, extracción obligada de óvulos, venta de niñas/os o cualquier otra forma de explotación

El punto de vista de los derechos humanos es el correcto para analizar esta problemática y los bienes jurídicos a proteger son la vida y la integridad física, incluida la integridad sexual y psíquica, la dignidad, la libertad y todos los demás derechos humanos de las personas víctimas.

De todos estos tratados mencionados la Convención de 1949, que consagra el sistema abolicionista es el soporte más importante para dar una definición del delito dado que tiene además el mérito de distinguir entre los tratantes, proxenetas y demás personas que lucran con la prostitución ajena y las víctimas y establecer que sólo hay que perseguir a los primeros. Este tratado esta vigente en el país y es recomendada su ratificación a aquellos países que aún no lo hayan hecho por los grupos de trabajo sobre esclavitud de O.N.U. (recomendación año 2005).

Para las convenciones de derechos humanos, el delito se configura aunque la víctima haya prestado su consentimiento y éste no puede ser usado para exculpar al delincuente. Por tanto no hace falta que éste haya empleado medios como violencia, coacción, abuso de una situación de vulnerabilidad cuando la víctima es mayor de edad, ya que estos elementos no integran la definición del tipo penal. Basta que los proxenetas y demás tratantes y traficantes realicen alguna de las acciones que se tipifican teniendo por fin la explotación para que puedan ser incriminados. También tipifica el proxenetismo como lucrar con la prostitución ajena.

No hacen falta interpretaciones ni que la víctima o el estado prueben que hubo un vicio del consentimiento. Son tratados muy claros en lo que definen y por tanto eficaces, siempre y cuando haya interés político de aplicarlos.

Este tratado se inscribe en el sistema abolicionista que es un principio normativo del feminismo y ha sido la tradición jurídica de nuestro país desde principios del siglo pasado, después de haber sido conocido como "el camino de Buenos Aires" por el intenso tráfico de mujeres de Europa a Argentina, para estar prostituídas

Los delitos según sea el bien jurídico protegido, tienen su encuadre dentro de la legislación penal. Si el fin del traficante es explotar la prostitución ajena, el bien jurídico protegido es la integridad sexual de las víctimas, que puede ir en concurso con otros delitos, como por ej. Secuestro, desaparición forzada de personas con fines de prostitución u otras formas de explotación sexual, incluida la pornografía, privación de libertad etc. Si el fin es el tráfico de personas para la venta de órganos el bien jurídico protegido es la integridad física, la libertad y así hay que analizar cada una de las acciones y los fines y concursos de delitos.

El otro enfoque que señalé, parte de la seguridad de los Estados y la persecución del crimen transnacional tan desarrollado en esta etapa y los principales instrumentos jurídicos internacionales son la Convención contra el Crimen Transnacional organizado y los protocolos que de ella derivan: el Protocolo contra la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niñas conocido como protocolo de de Palermo y el Protocolo contra el tráfico ilícito de Migrantes.

Estos tratados están ubicados en el ítem "Cuestiones penales diversas" junto con otros como por ej. contra la represión del financiamiento del terrorismo, el protocolo contra tráfico ilícito de armas de fuego, convención contra la represión de actos de terrorismo.

Este tratado contra el Crimen Transnacional organizado y los protocolos señalados tienen su preocupación en la seguridad del estado, la protección de las fronteras, la represión de la trata y de la inmigración considerada ilegal y la consiguiente represión de estos delitos.

También se refieren a las víctimas pero la propuesta falla dado que parte de la definición de que las víctimas mayores de 18 años, pueden consentir su propia explotación y por tanto ellas o el estado deben probar la falta de consentimiento.

Si la víctima o el estado no pueden probar que se emplearon los medios (que definen como uso de violencia, coacción abuso etc.), el tratante es inocente.

Además para los mismos el crimen tiene que ser transnacional y existir grupo delictivo organizado.

Es riesgoso poner el eje en la seguridad de los estados con las experiencias concretas tanto en relación al origen de la teoría de la seguridad como a las políticas de los países centrales, teniendo en cuenta que el Departamento de Estado ha definido la trata como un problema para la seguridad de los Estados Unidos.

En este se han producido presiones de un estado a otro para la sanción de una ley de trata y la aplicación de estas últimas convenciones para las cuales el bien jurídico a proteger es la seguridad de los estados y no los derechos humanos de las víctimas que ha obstaculizado obstaculizado el mismo proceso de debate y elaboración de la ley.

Es el caso del relato de la embajadora de Dominicana, Luisa Viscoso, en el Seminario de capacitación sobre la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes realizado en Caracas, 27 y 28 de enero de 2005 al hablar del Marco Jurídico de la República Dominicana en relación a la sanción de la ley de trata que dijo:

"Finalmente, todo ese proceso legislativo ha conducido a esta Ley (137-03) sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Debo confesarles cándidamente que esta Ley se trabajó de manera muy dramática, porque de acuerdo al Departamento de Estado nos clasificaron en la Categoría 3, es decir de países que no están haciendo lo suficiente para combatir el tráfico y la Trata de personas.

Bueno, ustedes dirán ¿y a quién le importa que los Estados Unidos clasifiquen a 1, 2 ó 3? ¿Por qué quién los clasifica a ellos? Pregunta lógica de una latinoamericana. Pero resulta que la clasificación está unida al asunto de la ayuda humanitaria a nuestros países, entonces no se puede permitir que nos cancelen la ayuda humanitaria que generalmente va a la población ya de hecho más golpeada y más pobre por un problema de tráfico y trata".

También Venezuela envió a Naciones Unidas el COMUNICADO OFICIAL DE LA MISIÓN VENEZOLANA , el 14 de setiembre de 2004 que dice: " La Misión Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante las Naciones Unidas, cumple en manifestar que, según publicaciones periodísticas no desmentidas, el viernes 10 de Septiembre de 2004, el Presidente de Estados Unidos de América, George Bush, informó sobre la determinación de actuar ante las instituciones financieras internacionales de las cuales es partícipe dicho Estado, para oponerse a la concesión de créditos a Venezuela. La razón esgrimida para justificar esta decisión consiste en una supuesta negligencia del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela en actuar debidamente contra el tráfico ilegal de personas por la acción de la delincuencia organizada transnacional.

Al respecto cabe destacar que la República Bolivariana de Venezuela no sólo contempla en su legislación interna el referido tráfico como ilícito, sino que también es parte de la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, así como del Protocolo para Prevenir y sancionar la Trata de Personas, instrumentos que entraron en vigor el 25 de Diciembre de 2003. Por el contrario, los Estados Unidos de América, no son parte de los mencionados convenios internacionales, pues no los ha ratificado".

En este sentido también es importante señalar las palabras del Sr. Gabriel Sánchez Zinni, representante del Departamento de Salud y servicios sociales de EEUU, en la conferencia de Venezuela que mencioné antes y que dice: "La ley dictada en EEUU se basa, o tiene como tres pilares, tres componentes fundamentales: La prevención, el tráfico fuera de los Estados Unidos; y con esto le da un mandato sobre todo al Departamento de Estado …., y otro componente es la protección de las víctimas en Estados Unidos, y esta Ley le da un mandato al Departamento de Seguridad, … que empezó a funcionar después de los ataques de Septiembre 11".

Estos son una síntesis de las corrientes que señalo en relación a la situación actual de los tratados internacionales y las posiciones de los estados.

Ahora bien: ¿cómo se vinculan estos tratados y los proyectos de ley de trata en Argentina, especialmente la ley con media sanción del Senado.

Esta última toma la definición del Protocolo de Palermo e incluye los vicios del consentimiento de las víctimas en la definición, cuando las mismas son mayores de 18 años.

Es el problema que tenemos actualmente, luego de la inconstitucional reforma de 1999 del Código Penal que modificó la definición del delito de trata con fines de prostitución. Antes no estaban incluidos los medios que esta reforma incorporó (engaño, abuso, etc.) y cuya consecuencia fue la libertad de los delincuentes y la dificultad para poder encarar políticas efectivas de lucha

Los medios que usa el delincuente abuso, engaño, violencia etc. así como la minoría de edad de la víctima, deben ser agravantes de delito, no constitutivos de la figura penal, como los son en ese proyecto y en el Protocolo de Palermo.

En diputados está siendo debatido un proyecto y esperamos que se introduzcan las reformas necesarias a fin de cumplir con los fines vinculados a los derechos humanos e incorporar plenamente esta perspectiva.

A pesar de las críticas que me merece el Protocolo de Palermo, existen sin embargo otros aspectos que considero importantes y son aquellos referidos a la protección de las víctimas. A este respecto resulta particularmente relevante el Art. 9. que se refiere a la demanda, sobre la que hay que actuar para desalentarla ya que la misma propicia las forma de explotación conducentes a la trata, especialmente de mujeres y niñas/os.

En este sentido cabe destacar las reflexiones de Sigma Huda, relatora de ONU que sostiene que "el consumo de servicios sexuales es un acto especialmente marcado por el género: es algo que hacen los hombres como hombres. Se trata de una actividad en la que el participante desempeña un papel social que conlleva ciertos modos típicamente masculinos de comportarse, pensar, saber y detentar poder social.

Por definición, la prostitución aúna en una sola interacción dos formas de poder social (el sexo y el dinero): en ambas esferas (la sexualidad y la economía) el hombre ostenta sobre la mujer un gran poder de forma sistemática

En la prostitución, estas diferencias de poder se funden en un acto que asigna y reafirma a la vez la función social dominante del hombre subordinando socialmente a la mujer.

La demanda de sexo comercial suele además basarse en diferencias de poder social relacionadas con la raza, la nacionalidad, la casta y el color de la piel.

Algunos usuarios de la prostitución buscan expresamente mujeres y niños de distintas nacionalidades, razas o grupos étnicos con el fin de explotar estas diferencias de poder, y contribuyen así a una forma de racismo enormemente sexualizada.

Como cuestión normativa, es evidente que la responsabilidad de la existencia del mercado de la trata con fines sexuales recae sobre los usuarios, los traficantes, y las condiciones económicas, sociales, jurídicas, políticas, institucionales y culturales que propician la opresión de mujeres y niños en todo el mundo. Atribuir a las propias víctimas la responsabilidad de ser quienes impulsan el mercado sería una injusticia muy grave; tal afirmación equivale a culpar a las víctimas y constituye una nueva violación de sus derechos humanos.

*Esta ponencia fue presentada en "Seminario de DERECHOS HUMANOS CON PERSPECTIVA DE GENERO", organizado por la CATEDRA LIBRE de DERECHOS HUMANOS, Facultad de Filosofía y Letras en el marco de la Campaña

"NI UNA MUJER MAS VICTIMA DE LAS REDES DE PROSTITUCION

Prostitución y Trata. Kari Kesler

Abstract. El trabajo sexual, y la prostitución en particular, divide desde hace mucho tiempo el pensamiento feminista. En términos específicos, buena parte del pensamiento feminista intenta condenar la prostitución como práctica y “salvar” a las mujeres que se prostituyen. Muchas prostitutas no se identifican con el movimiento feminista porque sienten que el feminismo se opone a su forma de vida. Este ensayo explora las tendencias actuales del pensamiento feminista en relación con la prostitución y presenta los puntos de vista de algunas prostitutas sobre el feminismo. Pone a prostitutas y feministas en diálogo entre sí a los efectos de contestar la pregunta: ¿es posible una posición feminista que apoye la prostitución?

Palabras clave. feminismo, lesbiana, prostitución, trabajo sexual, radical del sexo.

Kari Kesler

Investigadora independiente, Seattle


¿Es posible una posición feminista que apoye la prostitución? Una exploración de las tendencias actuales

El trabajo sexual, y específicamente la prostitución, divide el pensamiento feminista desde hace tiempo. Muchas consideran que la prostitución es la absoluta encarnación del privilegio patriarcal masculino y rechazan todo tipo de apoyo o participación feminista. Sin embargo, la prostitución como actividad se compone de mujeres prostitutas. Como feminista, también es problemático excluir a un grupo de mujeres, sobre todo si se trata de mujeres marginadas. Si a ello se suma que algunas sostienen que la oposición del feminismo a la prostitución es sólo una forma políticamente correcta de controlar y vigilar la sexualidad femenina, la prostitución emerge como un tema por lo menos complejo. En este artículo voy a explorar la posibilidad de una posición feminista que apoye la prostitución. Si bien otras formas de trabajo sexual son objeto de la misma división en el seno del pensamiento feminista, me voy a concentrar en la prostitución en particular. La prostitución no está sujeta a la confusa variable del público, como pasa con el baile exótico y la pornografía. Creo que en ese sentido la prostitución es algo diferente, y de hecho es esa “intimidad simulada” lo que se criticó en muchas ocasiones. La segunda razón por la que me voy a concentrar en la prostitución, es que me resulta un terreno familiar. Dado que trabajé como prostituta, el debate tiene para mí un interés especial. Como académica feminista, de alguna manera me siento dividida entre dos bandos. Cuando pregunto si es posible una posición feminista en apoyo de la prostitución, ello es un intento tanto de articular mis intereses personales como de analizar un área importante del pensamiento feminista. No me propongo como especialista, ni en prostitución ni en pensamiento feminista, sino que, como autora de este texto, sólo quiero ubicarme con honestidad y declarar mis motivos y parte de mi historia.

Las críticas a la prostitución proceden tanto de feministas como de prostitutas, sobre todo ex prostitutas. Tanto prostitutas como feministas también articulan un apoyo a la prostitución, si bien las voces feministas son pocas. Muchas trabajadoras sexuales no se identifican como feministas porque sienten que en el feminismo no hay lugar para ellas. Algunas sostienen que son “feministas en el exilio, excluidas de un lugar legítimo en el movimiento feminista” (Bell, 1987: 17). En el “Segundo Congreso Mundial de Putas”, que se realizó en 1986, se hizo la siguiente declaración:

Dada la vacilación o la negativa feminista a aceptar la prostitución como un trabajo legítimo y a aceptar a las prostitutas como mujeres que trabajan, la mayoría de las prostitutas no se identificaron como feministas. A pesar de ello, muchas prostitutas se identifican con valores feministas como la independencia, la autonomía económica, la autodeterminación sexual, la fuerza personal y la solidaridad femenina. (Alexander y Delacoste, citadas en Overall, 1992: 707)

Un coloquio que se llevó a cabo en Ontario, Canadá, en 1985, “Desafiando nuestras imágenes: La política de la pornografía y la prostitución”, reunió a esos dos grupos, trabajadoras sexuales y feministas, que analizaron la división existente entre ambas. Muchas de las trabajadoras sexuales estaban indignadas con las académicas feministas y sentían que éstas hablaban por ellas sin conocerlas. Marie Arrington acusó a las feministas de agravar el problema. Se refería específicamente a las mujeres que organizaron recorridos por locales de sexo:

Muchas de las mujeres que trabajan en esos locales sexuales dicen que no hay nada que las intimide o degrade más que ver un grupo de mujeres sentadas entre el público, hablando de ellas mientras bailan o actúan. En todos los lugares a los que viajamos, les pedimos a las mujeres que no hagan esos recorridos cuando hablan de pornografía. No hace falta ir a esos lugares para saber qué es la pornografía. No hace falta seguir intimidando a las mujeres que trabajan en esa industria. (Arrington, 1987: 106)

De forma similar, Margo St. James, la fundadora de COYOTE (Call Off Your Old Tired Ethics, Abandonen su vieja ética agotada)), la organización más famosa de defensa de los derechos de las prostitutas, señala que toda teoría que aborde la prostitución debe generarse “de adentro hacia fuera” (1987: 85). De lo contrario, lo más probable es que, en lugar de ser útil, profundice la estigmatización de las prostitutas.

Las posiciones feministas que surgieron del coloquio fueron igualmente diversas, y muchas sostuvieron que se oponían a la prostitución por distintos motivos, pero que no eran anti-prostitutas, es decir, que no querían excluir a las mujeres prostitutas. Good Girls/Bad Girls, de Laurie Bell, es una transcripción parcial de ese coloquio. El título refleja la brecha entre los dos grupos de mujeres. Las feministas son chicas buenas que tratan de reformar/escribir sobre/empoderar a sus hermanas malas. El objetivo del coloquio era romper ese par y permitir una verdadera colaboración. En este artículo voy a incluir tanto las voces de las académicas como las de las prostitutas. Para que sea posible una posición feminista de apoyo a la prostitución, no debe dejarse a las prostitutas fuera de su teoría.

Las feministas se oponen a la prostitución por muchas razones, y también son muchas las posiciones teóricas con las que se la interpreta. Voy a analizar aquí algunas de las más habituales e influyentes. Analizaré específicamente las teorías basadas en i) las críticas económicas y/o marxistas a la prostitución; ii) las objeciones feministas respecto de la libertad con que las prostitutas eligen su trabajo; iii) las condenas esencialistas de la prostitución; iv) las teorías de la asimetría; y v) la llamada teoría “igualitaria” que se opone a la prostitución. Abordaré luego la persistente tendencia feminista a excluir tanto a las trabajadoras sexuales como a las lesbianas y analizaré sus numerosas similitudes. Por último, voy a proponer que es posible una posición feminista de apoyo a la prostitución y que, de hecho, es algo que debió hacerse hace ya mucho tiempo.


Teorías feministas sobre la prostitución

Económicas/Marxistas

Una habitual crítica a la prostitución, que hacen tanto las feministas como las que no lo son, consiste en una objeción económica. El hecho de que la prostitución es, “además del modelaje [...] la única tarea por la que se paga a las mujeres más que a los hombres” (MacKinnon, citada en Overall, 1992: 709) suele ser objeto de la crítica marxista. ¿Qué pasa en esa estructura llamada capitalismo que obliga a las mujeres a vender servicios sexuales por falta de una alternativa mejor paga? Hay muchas respuestas posibles pero, cualquiera sea la contestación, también se aplica, y sin duda más habitualmente, a secretarias, niñeras, obreras, etc. Christine Overall (1992) cita una adecuada afirmación de Allison Jaggar: “Si en verdad puede hacerse una distinción de peso filosófico entre la mujer que vende servicios sexuales y la persona que vende servicios de cualquier tipo, entonces debe darse una razón filosófica a esa distinción” (p.710). Es más una crítica a un sistema capitalista sexista que a la prostitución. Habla de la necesidad de las mujeres, tanto las prostitutas como las que no lo son, de percibirse como fuerza de trabajo y de organizarse de manera adecuada, de sindicalizarse y exigir mejores ingresos.

De forma similar, Overall (1992) señala que una “crítica a la prostitución es que implica la renuncia al control y el poder personal, así como una pérdida de independencia por parte de las mujeres que la practican” (p.713). Refuta ese argumento diciendo que eso no se diferencia de otras formas de trabajo de las mujeres, ni de sus vidas en general. Dice también que si las prostitutas se sindicalizaran o controlaran sus horas de trabajo, lo que cobran y las condiciones laborales, ese argumento dejaría de ser válido. En otras palabras, es una crítica a la prostitución tal como está estructurada en la actualidad, no a la prostitución en sí. La Alianza para la Seguridad de las Prostitutas (ASP) también propone un tipo de sindicalización y está aliada en Canadá con la campaña de Salarios por el Trabajo Doméstico. Sostienen que la prostitución debería ser una opción para las mujeres que quieren elegirla como trabajo, pero que no debería imponérsela a nadie como medio de supervivencia (Bell, 1987). La crítica económica a la prostitución, entonces, es una crítica válida, pero no es sólo una crítica a la prostitución.

El abordaje económico que estableció Satz (1995) es básicamente un balance que enumera costos sociales como si fueran cifras en dólares. Ese enfoque sostiene que “los costos sociales netos de la prostitución son mayores que los costos sociales netos derivados de la venta de otras capacidades humanas” (p.68). Enumera los posibles costos de la prostitución: peligro, enfermedad, “moralismos” sociales (ante todo la incomodidad de otras personas en relación con la prostitución), y posible inestabilidad conyugal cuando el cliente que busca los servicios de la prostituta es casado. Satz considera que el enfoque del “balance” económico falla en tres aspectos. En primer lugar, señala que el mercado de la prostitución funciona en el marco de un sistema de derechos de propiedad y acreditaciones legales, como todos los mercados. Sin embargo, el abordaje económico toma el sistema como algo dado y no lo menciona. En otras palabras, el sometimiento económico de las mujeres debe estar presente en esa ecuación y no se lo puede tomar como un terreno plano sobre el que puede funcionar ese planteo económico. Algo similar plantea Carol Pateman (1988), que analizaré con más minuciosidad al examinar las teorías igualitarias. En segundo término, es obvio que es imposible reducir con exactitud complejos intercambios humanos a costos y beneficios. En esa reducción se pierde la sutileza. En tercer lugar, Satz señala que algunos fenómenos sociales pueden necesitar protección del mercado para conservar su integridad, tales como la venta de sexo o servicios íntimos. En ese sentido, el mercado no es sólo una máquina que organiza cosas según costos y beneficios. En lugar de ello, cambia la propia naturaleza de aquellas cosas que se venden por su intermedio. Así, el sexo que se vende no es lo mismo que el sexo que no se vende. Eso puede ser cierto en un plano ideal, pero no estoy convencida de que siempre sea verdad. El sexo ocasional entre personas que acaban de encontrarse puede no ser tan diferente del encuentro sexual que una prostituta tiene con un cliente. Sin duda el mercado cambia la interacción, pero no es la única fuerza que conforma el significado de los encuentros sexuales.


Libre elección y consentimiento

La afirmación de la ASP de que la prostitución debería elegirse libremente presenta otro punto. A muchas feministas les preocupa esa idea de “libre elección” o “consentimiento”. Muchas prostitutas, sobre todo las que están en la calle, no “eligieron” en absoluto su trabajo. No hace falta decirlo. ¿Pero qué pasa con las mujeres que sostienen que eligieron libremente esa profesión? Algunas prostitutas dicen que su trabajo les gusta y que volverían a elegirlo; que, en efecto, lo eligen a diario. Si no les gustara, lo abandonarían. Si bien las feministas sin duda no quieren despojar a las mujeres de su capacidad de acción, algunas dudan de que la prostitución alguna vez se elija libremente. Para algunas feministas, ese tipo de “elección” o “consentimiento” es del mismo orden que la “elección” de permanecer en una relación de maltrato o que una idea a menudo ambigua de “consentimiento” al sexo. Sin duda es complicado. Una prostituta se limita a decir: “A muchas de nosotras nos gusta nuestro trabajo. Es una elección nuestra” (Bell, citada en Overall, 1992: 712). Sin embargo, otra mujer revela la complejidad que puede subyacer en tal declaración. Señala que:

Me gusta creer que tengo cierto tipo de libre elección, que en mi vida hay alguna elección, que elijo un mal menor. Quise hacerlo. Y de alguna forma quiero que eso se respete. Quise hacerlo. De alguna manera, su lástima me priva de mi libertad de elección. [...] Hay algo en mí que rechaza ese moralismo, la idea de que ellas son mejores. Me gustaría tanto tener la ilusión de que tuve alguna libertad de elección. Tal vez sea sólo una ilusión, pero necesito creer que tuve alguna libertad. (Millet, citada en Overall, 1992: 712)

Paula Jennings, por su parte, señala: “Me sorprende que el patriarcado aún no haya erigido un monumento al Consentimiento con la leyenda, ‘sin el cual nada de esto sería posible’” (Overall, 1992: 712). Eso destaca que, si bien la prostitución puede no ser una elección libre en el verdadero sentido de la palabra, en algunas instancias tal vez se la elige tan libremente como cualquier otra opción, como el matrimonio u otro empleo. También creo que es peligroso ponerse en la posición de quien sabe más que las mujeres que nos dicen que eligieron ese trabajo y que les gusta. El hecho de que alguien no pueda imaginarse por qué una mujer elegiría la prostitución, no significa que no haya sido eso lo que pasó. Decirles a las mujeres que en esa situación su elección es siempre ilusoria, supone una victimización forzosa de las mujeres, muchas de las cuales no son más víctimas que las mujeres no prostitutas en nuestro sistema capitalista patriarcal actual.

Un gran problema de muchas de esas afirmaciones es la suposición de que la prostitución es algo monolítico. La prostitución existe en una variedad de contextos y tiene diferente significados para las muchas mujeres que la practican. Por ejemplo, Debra Satz plantea tres ejemplos de prostitución. El primer ejemplo es el de una chica joven que trabaja para sostener su adicción a las drogas y a la que un proxeneta controla por completo. El segundo ejemplo es el de una acompañante1 de Park Avenue, que tiene ingresos más altos que la media, trabaja de forma independiente y decide con quién tendrá sexo y a quien rechazará. El último ejemplo es el de un varón que se prostituye, que podría entrar en las dos categorías generales mencionadas o estar en algún punto intermedio, pero que probablemente trabaje menos horas y corra menos peligro de verse expuesto a la violencia que la mayor parte de las prostitutas mujeres. La prostitución masculina no se analizará en este artículo, pero es importante destacar que la prostitución significa muchas cosas para mucha gente. Incluso en el marco específico de la prostitución femenina, resulta problemático analizar la prostitución como una sola cosa que afecta a las mujeres de la misma manera. Como lo demuestran los ejemplos anteriores, las diferencias pueden ser mayores que las semejanzas, si bien las dos mujeres trabajan vendiendo servicios sexuales. Volviendo al punto de Overall, algunas prostitutas sin duda tienen poca independencia o poder personal y otras pueden tenerlos en mayor medida que una mujer casada.


Esencialistas

El enfoque esencialista de análisis de la prostitución sostiene que “la prostitución no es mala sólo porque causa daño; la prostitución constituye un daño. El sexo tiene una cualidad intrínseca que hace que su comercialización sea algo malo” (Satz, 1995: 70). Dos versiones de esa línea de pensamiento destacan la relación entre sexo y yo, y la relación entre sexo y “florecimiento humano”. La primera posición sostiene que la sexualidad tiene un vínculo más inherente con el yo que otros aspectos del yo. Por lo tanto, la venta de servicios sexuales aliena a la mujer de sí misma y resulta dañina en ese sentido. Este punto de vista moralista intenta proteger a las mujeres de sí mismas y funciona como control de la sexualidad femenina. Más aún, la mujer que se ve obligada a casarse como consecuencia de presiones económicas sufre el mismo destino. Mi opinión es que, por una serie de razones, la sexualidad está estrechamente relacionada a las concepciones del yo en el caso de algunas personas, y menos en el caso de otras. Por otra parte, no hace falta vigilar a las mujeres de esa manera. Incluso si una mujer decide de forma deliberada separar el sexo de su “yo” integral, ¿quién va a impedírselo? Esa posición supone que la comercialización del sexo necesariamente expulsa el sexo y la sexualidad de su residencia en el propio “yo integral”. No tengo motivos para pensar que es verdad.

Carol Pateman (1988) también suscribe ese punto de visa cuando afirma que “la condición de mujer [...] se confirma en la actividad sexual, y cuando una prostituta comercializa el uso de su cuerpo, lo que hace es venderse a sí misma en un sentido muy real” (p. 207). Es importante destacar el tono preceptivo de la afirmación. No plantea que eso podría ser verdad en el caso de una persona, hombre o mujer, que considera que su yo está intrínsecamente unido a su actividad sexual. Lo que hace es confundir la actividad sexual con la sexualidad, y decreta que se relaciona de forma directa con la condición de mujer y en todas las mujeres. Así, se les dice a las mujeres cómo interpretar sus experiencias de prostitución. Se considera que toda mujer que no esté de acuerdo se está poniendo a la defensiva o que demasiados años de contactos sexuales ocasionales la marcaron y dañaron su relación integral.

La segunda posición esencialista afirma que la existencia de un mercado sexual “alienta formas inferiores de personas” (Radin, 1987: 1884). Por ejemplo, si la prostitución se extendiera, las señales que ahora usamos para el afecto y la intimidad se verían distorsionadas y devaluadas. Sería entonces mucho más fácil manipular los significantes. Satz sostiene que “en ese caso, al oscurecer la naturaleza de las relaciones sexuales, la prostitución podría socavar nuestra capacidad de usar los criterios para la coerción y la falta de información” (1995: 72). Satz considera que no es coherente condenar la prostitución sobre esa base y permitir la existencia de otras prácticas, tales como el trabajo doméstico monótono. Esas otras prácticas sin duda obstaculizan el camino del autodesarrollo y afectan a la sociedad al distorsionar las imágenes de la individualidad y el trabajo. Por otra parte, Satz destaca que esas prácticas están mucho más extendidas que la prostitución. Señala que “los que sostienen que la prostitución es algo malo en virtud de su relación con la personalidad, la degradación y el florecimiento social, no [...] establecieron que la prostitución tiene algo malo independientemente de su contexto histórico y cultural” (p. 74).


Asimétricas

En su artículo “Markets in Women’s Sexual Labor” (Los mercados del trabajo sexual femenino), Debra Satz (1995) analiza no sólo la prostitución, sino también “mercados” sexuales y reproductivos como el alquiler de vientre, etc. Analiza tres enfoques, los modelos críticos económico, esencialista e igualitario. Todos se basan en lo que ella llama la tesis de la asimetría; que hay algo en la venta de servicios sexuales o reproductivos que es diferente de la venta de otras cosas, que son asimétricos en comparación con otros tipos de mercados laborales. Por otra parte, la tesis de la asimetría sostiene que “tratar las capacidades sexual y reproductiva como productos a desarrollar e intercambiar por un precio, es peor que tratar nuestras otras capacidades como productos” (1995, p.63). También señala en su artículo que la prostitución es muchas cosas diferentes, y cita los tres ejemplos que mencioné antes de la prostituta callejera, la acompañante y el hombre que se prostituye. Afirma que “muchas de las críticas que se hicieron a la prostitución suponían que todas las prostitutas eran mujeres que ingresaban a la práctica en circunstancias que comprendían maltrato y desesperación económica. Sin embargo, se trata de una premisa falsa: las críticas confundieron una parte de la práctica con el todo” (p.66).

Overall (1992) también propone una tesis de la asimetría como base para condenar un apoyo feminista a la prostitución. Considera que, si bien la prostitución tiene mucho en común con el trabajo doméstico no pago o el trabajo asalariado mal pago, su carácter excepcional reside en el hecho de que no puede existir sin la venta. El trabajo doméstico tiene una función que habría que cumplir independientemente de su pago o valoración. La prostitución, en cambio, no es prostitución en ausencia del pago. En otras palabras, “cocinar y cuidar chicos no son actividades que impliquen necesariamente su venta, [mientras que] el trabajo sexual es por definición la venta de sexo” (Overall, 1992: 717). La inherente asimetría de esa relación, sostiene Overall, “proporciona el contexto para otras formas de asimetría” (p.717). Las otras ocupaciones enumeradas antes son “reversibles”, señala Overall, en el sentido de que no hay nada inherente a las mismas que pueda impedir que sean hombres los que brinden esos servicios a mujeres, o mujeres a otras mujeres, etc. Overall concluye que “el trabajo sexual es una práctica inherentemente desigual definida por la intersección del capitalismo y el patriarcado [...] [que] resume la dominación masculina” (p.724).

Esa crítica de la venta o cosificación del sexo, y específicamente de la intimidad, de las mujeres para los hombres, apunta al núcleo de lo que muchas prostitutas consideran la base sexista de la retórica contra la prostitución. Overall cita declaraciones de una prostituta tomadas de The Prostitute Papers, de Kate Millet: “Lo peor de la prostitución es que una se ve obligada no sólo a vender sexo, sino la propia humanidad” (p.714). Sin embargo, se trata de una premisa esencialista y sexista que define la condición de mujer por su relación con el sexo. No se considera que los hombres que se prostituyen, o los hombres promiscuos, estén “vendiendo su humanidad” cuando tienen sexo con muchas personas, ya sea a cambio de dinero o gratis. Yo diría que la idea de la “venta de la propia de humanidad” es una construcción social, es decir, que se sostiene que las mujeres “se venden” cuando trabajan como prostitutas, cuando en realidad están vendiendo un servicio sexual. El hecho de que pueda considerarse que la sexualidad de una mujer es su “humanidad” no es extraño en una cultura que invariablemente reduce a las mujeres a su sexualidad. Esa incapacidad de percibir que la sexualidad o la conducta sexual de una mujer es sólo un elemento de su identidad es lo que origina comentarios como ese. El estigma vinculado a la prostitución alienta esa idea de “venderse” y contribuye a silenciar a las mujeres prostitutas, negándoles a muchas de ellas otro marco en el que interpretar sus experiencias.

Si bien Overall critica de forma adecuada muchas otras posiciones contrarias a la prostitución por considerar que confunden la institución de la prostitución con el sistema actual en el que opera la prostitución, cae víctima de la misma falacia en su teoría de la asimetría. No tiene en cuenta en qué diferiría la prostitución en un mundo en el que no todo estuviera “definido por la intersección del capitalismo y el patriarcado”. Por otra parte, algunas de sus premisas son falsas. Por ejemplo, no explica por qué el cuidado de los niños es reversible pero la prostitución no lo es. De hecho, la prostitución es reversible: las mujeres contratan los servicios sexuales de hombres y también de otras mujeres. No es lo más común, por supuesto, ¿pero es consecuencia de la prostitución o del patriarcado y el capitalismo? Por último, no tiene en cuenta la posibilidad de empoderamiento a través de la prostitución, del que muchas prostitutas hablan en términos de independencia financiera y autonomía. Si la prostitución perpetúa un sistema de desigualdad de género, creo que es importante plantear si se trata de una función de la prostitución o del estigma vinculado a la prostitución. El hecho de que la existencia de prostitutas refuerce el “estigma de puta” que toda mujer debe soportar, no significa que la prostitución sea la causa de ese estigma, que en realidad reside en una concepción misógina de la sexualidad.


Igualitaria

Satz (1995) suscribe lo que ella llama abordaje “igualitario” de la prostitución. Esa teoría sostiene que la prostitución representa a las mujeres como servidoras sexuales de los hombres, dado que constituyen una clase de mujeres que existen para servir las necesidades sexuales de los hombres. Si bien hay algunos casos alternativos, Satz señala que la enorme mayoría de las prostitutas son mujeres, y que la enorme mayoría de los clientes son hombres. Dada la desigualdad de ingresos y de jerarquía que forma parte de la vida de las mujeres y de la estructura social, a Satz le preocupa la idea de “elegir” la prostitución. “Algunas mujeres pueden odiar o considerar inferior la vida de prostitución que ‘eligen’” (1995: 77), dice Satz. Agrega que la prostitución refuerza de manera directa la inferioridad de las mujeres en nuestra sociedad porque contribuye a consolidar nociones sobre la subordinación femenina y la sexualidad de hombres y mujeres. De forma específica, la ausencia de una práctica recíproca hace que eso sea verdad. No hay una institución en la que los hombres sirvan a las necesidades sexuales de las mujeres. Esto es similar a la idea de reversibilidad de Overall (1992). En otras palabras, la prostitución crea una clase de mujeres que existen para servir las necesidades sexuales de los hombres.

No estoy convencida de que sea la prostitución la que crea esa asimetría. Esa teoría parece plantear que no hay ningún mecanismo recíproco en relación con la sexualidad de las mujeres y que, por lo tanto, la prostitución es mala y contribuye a la desigualdad. ¿El principal problema es la ausencia de un mecanismo recíproco o el hecho de que las necesidades sexuales de las mujeres no se satisfacen en ningún otro ámbito? Por otra parte, podría argumentarse que a algunas mujeres les preocupa más la estabilidad económica que la satisfacción sexual, de modo que la prostitución sirve a las necesidades sexuales de los hombres y a las necesidades económicas de las mujeres. Es una evidente desigualdad, pero es la consecuencia de una desigualdad y no la causa de la misma. También remite al patriarcado, al que pertenece, más que a las mujeres. También quisiera sugerir que algunas mujeres satisfacen sus necesidades sexuales mediante la prostitución. En la descripción que hace Satz (1995) de la acompañante al comienzo de su artículo, señala que “muchas acompañantes llegan a la prostitución luego de una “habitual promiscuidad”, no guiadas por deseos materiales ni por falta de alternativas [...] También pueden decidir con quién quieren tener sexo y cuándo quieren hacerlo” (p.66). ¿Es posible que, si bien es evidente que no todos los encuentros sexuales que tienen estas mujeres son satisfactorios, cuando se ejerce ese grado de autonomía la prostitución pueda satisfacer las necesidades sexuales de la prostitutas además de las del cliente? Creo que sí.

Carol Pateman (1988) suscribe una teoría igualitaria similar, dado que muestra que el contrato sexual original está ausente en las explicaciones de la teoría moderna del contrato de los fenómenos sociales, sobre todo de los intercambios sexuales entre hombres y mujeres. Define ese contrato sexual original como el derecho patriarcal sobre las mujeres que los hombres crearon para sí, que apunta específicamente a un sistema de derechos de propiedad que se atribuyen los hombres sobre los cuerpos de las mujeres. En su libro El contrato sexual, señala muchos defectos en la defensa contractual de la prostitución. En particular, la teoría del contrato basa su argumentación a favor de la prostitución en la afirmación de que ésta no se diferencia de cualquier otro intercambio entre empleador y empleado: la prostituta suministra servicios sexuales a cambio de remuneración. Pateman sostiene con razón que eso ignora el contexto social -el contrato sexual- en el que ese intercambio tiene lugar. Luego basa su oposición a la prostitución en el carácter inadecuado de la teoría del contrato y en la explotación que subyace en el contrato sexual original. Pateman señala que:

cuando los cuerpos de las mujeres se venden como productos en el mercado capitalista, no pueden olvidarse los términos del contrato original; la ley del derecho sexual masculino se afirma públicamente y los hombres obtienen reconocimiento público como amos sexuales de las mujeres: eso es lo que tiene de malo la prostitución. (1988: 208)

Pateman considera que la prostitución tal como existe en la actualidad es una manifestación de un sistema capitalista patriarcal, y que la prostitución reifica esa estructura. Sin embargo, parece confundir ambas cosas en el análisis. El problema con el sistema no es la prostitución. Erradicar la prostitución no derrumbará el sistema. También es muy posible que pueda haber prostitución en un sistema diferente, si bien el estigma de las mujeres prostitutas sin duda sería diferente. Yo diría que, si bien la prostitución puede reificar el derecho patriarcal en algún plano (¿qué no lo hace?), el principal responsable es el estigma de la puta. Es ese estigma el que controla a las mujeres, asegurando que éstas tengan que depender de un solo hombre como respaldo económico, y que sólo él tenga acceso a su cuerpo. Pateman señala que en el contrato sexual matrimonial, cuando una mujer brinda sus servicios sexuales sólo a su esposo, se le ofrece a cambio protección y respaldo económico. A la prostituta, en cambio, no se le ofrece tal protección. Sin embargo, sabemos que las mujeres corren más riesgos de ser objeto de violencia física y sexual por parte de sus propios maridos, y que a menudo se las abandona sin ningún tipo de respaldo económico. Esa “protección” es un mito destinado a atraer a las mujeres al matrimonio y a mantener su pureza sexual, y produce una mayor estigmatización de las mujeres prostitutas.

Pateman da luego una definición propia de la prostitución, e incorpora a la “prostitución” los materiales pornográficos, los clubes de strip-tease y los peep shows.2 También señala que “la prostitución es el uso del cuerpo de una mujer por parte de un hombre para satisfacción de éste” (p.198). Ignora las experiencias de las mujeres a las que les gusta su trabajo de prostitutas y trivializa el papel de la prostituta. Su enfoque, que se basa exclusivamente en el cuerpo y no presta atención a las habilidades y servicios que una prostituta aporta al encuentro, despoja a las mujeres prostitutas de toda capacidad de acción. Las prostitutas no son sólo “cuerpos”, y me resulta muy irónico que un análisis feminista de la prostitución trate a las mujeres de esa forma. Pateman insiste en decirles a las prostitutas en qué consiste su experiencia, pero la voz de las mujeres prostitutas nunca aparece en su análisis.


Lesbianas y prostitutas

Lo que tienen en común todas las teorías contra la prostitución es que, si bien hablan de factores estructurales como causales, señalan la prostitución con un dedo y la condenan. Me refiero hasta a las teorías más liberales. Ni siquiera tocaré la retórica que califica la prostitución de degeneración moral y a la prostituta de persona demonizada, como tampoco las ideas puritanas que necesitan relacionar sexo y amor. Sin embargo, considero que hay vestigios de esas ideas hasta en las teorías más “liberadas”. Margo St. James (1987) señala que el trabajo sexual es una “amenaza escarlata” al movimiento de mujeres, tal como lo fue antes (y tal vez lo sigue siendo) la amenaza lila del lesbianismo: a las feministas les incomoda de forma similar la idea del trabajo sexual (p.81). Es interesante que ambos temas se centren en la sexualidad. Muchas feministas consideran que el sexo lésbico es un extremo de un continuum y que representa una completa ruptura con el patriarcado y la opresión masculina. Las prostitutas se encuentran en el otro extremo de ese continuum, en el que sostienen y perpetúan un sistema patriarcal que perjudica a todas las mujeres. La analogía de la “amenaza escarlata”, entonces, es interesante. ¿Cuál es la relación? Sería fácil limitarse a decir que el sexo incomoda a las feministas. De hecho, es una acusación que muchas trabajadoras sexuales hicieron a las feministas. Si bien eso puede ser cierto en el caso de algunas feministas, la dicotomía chica buena/chica mala sin duda no se beneficia de reforzar las imágenes de las feministas como vírgenes y de las prostitutas como putas. Hay, sin embargo, una relación interesante entre lesbianas y prostitutas que puede contribuir a destacar una causalidad más profunda.

En el mismo discurso que se citó antes, “The Reclamation of Whores” (La recuperación de las putas), Margo St. James dice que prefiere la palabra puta a prostituta: “Quiero recuperarla, tal como las lesbianas recuperaron la palabra torta en los últimos diez años” (1987: 82). Lesbianas y prostitutas tienen una larga historia entrelazada, ya que ambas estaban relegadas a los márgenes de la sociedad y de la condición de mujer. Joan Nestle (1987) explora eso en su artículo “Lesbians and Prostitutes: A Historical Sisterhood” (Lesbianas y prostitutas: Una hermandad histórica). En la introducción, señala que con el artículo espera:

aportar material para que todas nosotras –la lesbiana, la prostituta y la feminista (que puede ser las tres)- podamos entendernos de forma más compleja y solidaria a los efectos de que logremos establecer vínculos más fuertes y profundos en las batallas futuras. (p.131)

Demuestra que, en el transcurso de la historia, muchas mujeres trabajaron como prostitutas pero establecieron relaciones personales, íntimas y sexuales con otras mujeres.

Nestle también señala que, en determinados momentos históricos, “la prostitución significó para algunas putas lo que pasar por hombres fue para algunas lesbianas: las liberó de la esfera de las mujeres y de su rígido control” (p.135). Si bien eso era más frecuente en el pasado, creo que en la actualidad algunas acompañantes usan la prostitución por los mismos motivos. Sin duda tener estabilidad económica, independencia en la determinación del horario y las condiciones de trabajo, así como la posibilidad de definirse sexualmente en toda una serie de formas, es una rebelión contra los roles femeninos tradicionales. Nestle describe un bar de Nueva York de la década de 1940 que tenía una clientela mezclada pero que frecuentaban lesbianas y en el que se presentaban intérpretes lesbianas. Parejas de prostitutas butch/femme trabajaban en las mesas como duplas, “con planes minuciosamente establecidos respecto de quién haría qué cosa en términos de tocar y chupar” (1987: 140). También hay muchas pruebas de que las lesbianas utilizaban los servicios de prostitutas. Nestle cita a Frank Caprio, un psicólogo de los años 50 que habla de prostíbulos lésbicos conocidos por el nombre de “Templos de Safo”. Nestle considera que lesbianas y prostitutas son en realidad muy similares, ya que ambas tratan de “generar poder y autonomía para sí en interacciones de una aparente falta de poder” (p.143). También están presentes los calificativos, los epítetos y la dicotomía chica buena/chica mala. Katie, una activista de derechos civiles homosexuales que trabajaba como prostituta en un prostíbulo (además de trabajar en un restaurante lésbico durante el día), lo resume muy bien: “Una mujer sola es una puta. Dos mujeres son lesbianas. El control de las mujeres a partir del temor a esas dos acusaciones está codificado en la ley” (en Nestle, 1987: 143).

Parece muy plausible que prostitutas y lesbianas hayan estado unidas por la marginación en el transcurso de la historia. Sin embargo, el hecho de que se las haya tratado de forma similar en el movimiento de mujeres habla de algo más. Marie Arrington (1987), que contribuyó a fundar la Asociación para la Seguridad de las Prostitutas en Vancouver, Columbia Británica, cuenta cómo se la aisló en el movimiento de mujeres, en el que había trabajado durante años, una vez que empezó a participar en temas relacionados con los derechos de las prostitutas. Mujeres con las que antes trabajaba, ahora no la saludaban por la calle. ¿A qué elemento común a esos dos grupos de mujeres reaccionan las feministas? Es fácil imaginarse que la sociedad en su conjunto las vería de forma similar. Ambas se habían desviado demasiado de las normas de género, sobre todo de las normas sexuales de género. A ambas se las calificó de desviadas sexuales; se suele suponer que ambas llegaron a su situación actual como consecuencia de una historia de violencia sexual y/o resentimiento contra los hombres. Ambas están hipersexualizadas en la opinión popular. Ninguna de ellas está vinculada a un hombre que la respalde económicamente; ambas deben mantener en secreto buena parte de su vida. El movimiento feminista quiere lograr la independencia de los hombres y de los estereotipos de género imperantes, por lo que podría pensarse que esos puntos no afectarían a las feministas.

Por otra parte, la sociedad suele calificar a las feministas y a las lesbianas de putas. En la actualidad, las lesbianas están mucho más aceptadas en el movimiento de mujeres, pero no las trabajadoras sexuales. Parecería que a algunas mujeres feministas no les preocupa la libertad sexual de todas las mujeres, sino sólo la libertad sexual en la medida en que ésta elimine la opresión que experimentan en su propia vida. Cuando Marie Arrington (1987), por ejemplo, trabajaba tanto en el movimiento feminista como en el movimiento por los derechos de las prostitutas, muchas feministas le decían que tenía que hablar con las prostitutas y decirles que no usaran las palabras “concha” y “puta” porque eran misóginas. Arrington intentó que sus conocidas feministas entendieran que el lenguaje no era la prioridad de las prostitutas con las que trabajaba, que había otras cosas más urgentes. Me parece que el desprecio feminista por las lesbianas y las trabajadoras sexuales se origina en la ignorancia y la estigmatización. Las feministas se apresuraron a distanciarse del estigma asociado a la homosexualidad por temor a que éste afectara la imagen de su movimiento. Ignorantes de las complejidades de la vida lésbica, las feministas se apresuraron a dictaminar que las parejas butch/femme adherían a un modelo patriarcal no revisado. De la misma forma, en la actualidad las feministas se alejan del estigma de la puta, temerosas de que apoyar la prostitución signifique un retroceso para el movimiento feminista. Les tienen miedo a las prostitutas. Esa misma ignorancia de las realidades de la vida de las prostitutas facilita el juicio y la condena de la prostitución desde una cómoda distancia. El miedo que tantas feministas sienten en relación con las trabajadoras sexuales sólo sirve para debilitar tanto a las prostitutas como a las feministas, y sobre todo a las mujeres que son ambas cosas.


Una posición feminista de apoyo a la prostitución

En la actualidad, es muy popular la posición que condena la prostitución sin condenar a las mujeres prostitutas. Overall, por ejemplo, señala que quiere “mantener una importante distinción moral entre las prostitutas y trabajadoras sexuales y la prostitución como práctica e institución” (1992: 708). Esa posición mitigaría uno de los problemas de las teorías contra la prostitución: el hecho de que suelen perjudicar a las mujeres prostitutas. Fue por esa razón, también, que empezó a utilizarse el término “trabajadora sexual”. El trabajo sexual no se refiere a mujeres individuales sino a trabajo. El trabajo significa temas laborales, tales como salarios, condiciones de trabajo, etc. (Aitkin, según referencias de Sullivan, 1995). Por lo general, ese enfoque considera que la prostitución es sólo otro tipo de trabajo femenino, tal como ser secretaria o moza. Barbara Sullivan (1995) lo llamó el enfoque del Continuum, dado que considera que la prostitución y otros trabajos femeninos están en el mismo continuum, si bien en puntos diferentes. En la práctica, sin embargo, ese enfoque da crédito a la idea de que la prostitución como trabajo de algún modo se diferencia de la mujer prostituta, con lo que se niega el estigma de puta que acompaña a tal trabajo (si no a la totalidad de las mujeres).

¿Es coherente, entonces, sostener una posición contraria a la prostitución pero a favor de las prostitutas? Mi respuesta es un enfático no. Si bien a muchas feministas esa posición les resultó funcional, el desarrollo de la misma es algo esquizofrénico. Sullivan (1995) señala que en la década del 80 esa posición permitió a las feministas “hacer lobby a favor de la despenalización de la prostitución como precondición necesaria para mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras sexuales sin abandonar su objetivo a largo plazo de abolición de la industria del sexo” (pp.186-187). Muchas prostitutas consideran que esa posición no es sincera. Sólo apoya a las mujeres prostitutas que quieren abandonar el trabajo sexual. ¿Qué pasa con las mujeres a las que les gusta su trabajo y no quieren abandonarlo? Uno de los principales desafíos que enfrentan las mujeres prostitutas es la condición ilegal de su trabajo. ¿Cómo se puede estar a favor de las prostitutas pero respaldar leyes que criminalizan la prostitución? Si bien a muchas feministas les resultó una posición cómoda, no contribuye de manera muy efectiva a los objetivos de ninguna de las dos partes.

Vuelvo ahora a la pregunta de si es posible una posición feminista de apoyo a la prostitución. En este ensayo se mencionaron muchas razones para sostener una posición contraria a la prostitución. Pienso que todas esas razones se deconstruyeron de forma suficiente y que no siguen siendo explicaciones plausibles para oponerse a la prostitución. Sin embargo, la ausencia de razones de peso contra la prostitución no equivale a una posición fuerte a favor de la prostitución. ¿Es posible? ¿Las feministas pueden apoyar la industria de la prostitución? ¿Las prostitutas podrían constituir ejemplos a seguir? Son preguntas difíciles. Considero que parte de lo que las hace tan difíciles es que su construcción es defectuosa. Supone una vez más que la prostitución es una cosa. Si bien la prostitución callejera es la que recibe más atención y la más visible, constituye sólo el 20% de la prostitución en los Estados Unidos (Alexander, 1999). ¿Cómo afecta eso nuestra percepción de la prostitución? Las mujeres que trabajan en la calle constituyen entre el 80 y el 90% de las detenidas por oferta de sexo. La National Task Force on Prostitution indica que en los Estados Unidos más de un millón de mujeres trabajó como prostituta, aproximadamente el 1% de la población femenina. Por último, se relaciona a la prostitución con entre el 3 y el 5% de las enfermedades de transmisión sexual, en comparación con entre el 30 y el 50 % vinculado con los adolescentes estadounidenses (PEN, 1999). Me preocupa que muchas teorías asuman que la prostitución es la prostitución callejera. Es por eso que tienden a exagerar los episodios violentos y la explotación por parte de proxenetas, entre otras cosas. ¿Qué tienen en común esos diferentes tipos de prostitución? Evidentemente, todos comprenden la venta de sexo o servicios sexuales, ¿pero comparten alguna otra característica? Por otra parte, no sería muy difícil sostener que, en nuestra sociedad, casi todo comprende la venta de sexo en cierto nivel; no hace falta más que mirar la industria publicitaria. Tal vez sea esa concentración en la comercialización del sexo en la construcción de las teorías relacionadas con la prostitución lo que produce confusión. Si bien es evidente que eso está presente en todas las formas de prostitución, no es más que una similitud en un vasto mar de diferencias.

Las tres posiciones más fuertes contra la prostitución que se enumeraron en este artículo son la crítica igualitaria de Debra Satz (1995), la idea del contrato sexual de Carol Pateman (1988) y la tesis de la asimetría de Overall (1992), que se basa en el concepto de reversibilidad. Sin embargo, todas esas posiciones esgrimen lo que considero fenómenos históricos y culturales, el estado capitalista patriarcal, y sostienen que la prostitución en ese contexto daña a las mujeres. Margo St. James lo compara con la esclavitud. Señala que:

el gobierno considera que es necesario proteger a las mujeres porque éstas no pueden hacerse cargo de sí mismas. Creo que esa actitud perpetuó la esclavitud también en los Estados Unidos, pero no se nos ocurrió reformar a las y los esclavos, ¿verdad? Pensamos en empoderarlas y empoderarlos, y eso es lo que tiene que pasar aquí. (1987: 83)

En otras áreas del pensamiento feminista es muy simple decir que el sistema patriarcal actual es malo y que hay que cambiarlo, sin condenar las instituciones existentes. Por ejemplo, la mayor parte de las feministas no condena el matrimonio porque perpetúe la desigualdad de género y obligue a las mujeres a depender económicamente de los hombres. Una prostituta dice que “la diferencia entre ser una prostituta y ser una esposa es la seguridad que tiene la esposa. Pero también está la diferencia entre tener muchos hombres versus tener sólo uno [...] Siempre se los puede reemplazar” (en Millet, 1971: 56). En conclusión, quisiera decir que es posible una posición feminista de apoyo a la prostitución. Si las feministas hubieran sabido más sobre las mujeres prostitutas de las que hablaban, ya se habrían dado cuenta de ello. Muchas trabajadoras sexuales son feministas; integran ambas realidades sin demasiada dificultad. Pero conocen a fondo las sutilezas y matices de su profesión, lo que les proporciona una visión más completa de eso que llamamos prostitución. Creo que algunas prostitutas, las que tienen control y autonomía de su vida, las que eligieron libremente un trabajo que les gusta, pueden considerarse modelos a seguir. No estoy diciendo que una vida al servicio de las necesidades sexuales de los hombres heterosexuales sea algo a lo que todas debamos aspirar, sino que esas mujeres crearon sin ningún apoyo un espacio propio en el que tienen libertad y control.

Algunas de las dificultades que experimentan las prostitutas quedan en parte reforzadas como consecuencia de las teorías feministas. La posición de MacKinnon (1987) de que todo el sexo heterosexual es degradante y violento no deja mucho espacio para la libertad de acción y contribuye a una cultura que degrada a las mujeres que eligen el trabajo sexual como profesión. No todas coincidirán con mi posición respecto de la prostitución, y está bien que así sea. Hay espacio para muchas posiciones. Lo que tiene que terminarse, sin embargo, es la mentalidad nosotras/ellas, chica buena/chica mala, porque no permite el diálogo. Es sólo otro mecanismo mediante el cual se mantiene a las mujeres en lucha entre sí en lugar de dirigir nuestra acción al plano en que debe encontrarse. El feminismo opera en un estado de falsa conciencia si niega la experiencia de las mujeres prostitutas para sostener la plausibilidad de las teorías acerca de éstas. Cada una puede tener su propia opinión en relación con el trabajo sexual, pero no debe hacerlo sin antes haber hablado con las mujeres que viven esa vida.

Traducción de Joaquín Ibarburu


Notas de traducción

1. Se tradujo “call girl” como “acompañante”, si bien el término en castellano es más limitado. Una “call girl” puede trabajar en una agencia de acompañantes o por su cuenta, y no necesariamente implica la función social que en ocasiones desempeña una “escort”. Se trata de una prostituta a la que los clientes contactan por teléfono.
2. Cabina vidriada en la que una o más personas representan un espectáculo pornográfico.




Referencias

* Alexander, Priscilla y Delacoste, Frederique (1987) Sex Work: Writings by women in the Sex Industry. Pittsburgh, Pensilvania: Cleis.
* Arrington, Marie (1987) “Community Organizing”, en Laurie Bell (ed.) Good Girls/Bad Girls, pp. 104-108. Toronto: The Seal Press.
* Bell, Laurie (ed.) (1987) Good Girls/Bad Girls. Toronto: The Seal Press.
* Jackson, S. y Otto, D. (1980) “From Delicacy to Dilemma: A Feminist Perspective”, en K. Daniels (ed.) So Much Hard Work. Sydney: Fontatna Collins.
* Nestle, Joan (1987) “Lesbians and Prostitutes: A Historical Sisterhood”, en Laurie Bell (ed.) Good Girls/Bad Girls, pp.131-145. Toronto: The Seal Press.
* Overall, Christine (1992) “What’s Wrong with Prostitution? Evaluating Sex Work”, Signs 17(4): 705-724.
* Pateman, Carol (1988) The Sexual Contract. Stanford: Stanford University Press. [trad.esp.: El contrato sexual, Barcelona: Anthropos, 1995].
* Prostitutes’ Education Network (PEN) (1999) “Prostitution in the United States – The Statistics”, [Online] en URL: http://bayswan.org/stats.html, [consultado en febrero de 1999].
* Radin, M. (1987) “Market-Inalienability”, Harvard Law Review 100: 1849-1937.
* Satz, Debra (1995) “Markets in Women’s Sexual Labor”, Ethics 106: 63-85.
* St. James, Margo (1987) “The Reclamation of Whores”, en Laurie Bell (ed.) Good Girls/Bad Girls. Toronto: The Seal Press.
* Sullivan, Barbara (1995) “Rethinking Prostitution”, en B. Caine y R. Pringle (eds.) Transitions: New Australian Feminisms. Sydney: Allen and Unwin.




Nota biográfica

Kari Kesler tiene una maestría en Estudios de Mujeres de la Universidad de Mujeres de Texas. Publicó anteriormente trabajos sobre prostitución en Jane Sexes it Up. Sus campos de investigación comprenden prostitución, sexualidad y temas de mujeres latinas. En la actualidad trabaja en el sector sin fines de lucro. Dirección: 1515 E. Madison, Seattle, WA 98117, USA (e-mail: karikesler@hotmail.com)